A principios del año 2021 comenzó la discusión en el Congreso Nacional del proyecto de modificación constitucional que buscaba incorporar, “por una única vez”, el denominado “impuesto a los súper ricos” con el propósito de financiar gastos asociados al COVID-19. Dicha reforma constitucional no prosperó.

Sin perjuicio de ello, y a pesar de que el Poder Ejecutivo tiene iniciativa legal exclusiva en materia de impuestos, es decir, los miembros del Congreso no se encuentran facultados para proponer la creación de nuevos impuestos, en el marco del proyecto de ley que reduce o elimina exenciones tributarias  con el propósito de financiar la “Pensión Garantizada Universal” (Boletín 14763-05), un grupo de diputados presentaron el 4 de enero de 2022 indicaciones en las que no solo propusieron cambios a las materias contenidas en el proyecto de ley del Ejecutivo, como por ejemplo, eliminar totalmente beneficios o tasas preferentes respecto de las ganancias de capital obtenidas por el mayor valor en la enajenación de acciones de sociedades anónimas abiertas, cuotas de fondos de inversión o de fondos mutuos con presencia bursátil, sino que además incorporaron un nuevo proyecto para que se implemente en Chile el “Impuesto al Patrimonio”, pero esta vez con carácter anual y permanente.

El nuevo Impuesto al Patrimonio que se propone, y que fue aprobado con fecha 5 de enero de 2022 por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, contempla gravar patrimonios de personas naturales y sus personas relacionadas (cónyuge, conviviente civil e hijos no emancipados) que excedan los cinco millones de dólares, considerando todos los activos, directos e indirectos, a su valor comercial menos los pasivos exigibles. La tasa propuesta es de 1,5% sobre todo lo exceda los cinco millones de dólares y de 2,5% sobre todo lo que exceda los 20 millones de dólares.

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