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Desafíos para los directores relativos a la política de habitualidad de operaciones con partes relacionadas

By May 14, 2024 June 4th, 2024 No Comments

Terminado el período de celebración de las juntas ordinarias de accionistas y de renovación de directorios, los directores de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales deberán enfrentar en los próximos meses el desafío de dar cumplimiento a la recientemente dictada Norma de Carácter General N°501 (“NCG”) de la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”).

En primer lugar, el directorio de toda sociedad anónima que cuente con una política de habitualidad de operaciones con partes relacionadas deberá, a más tardar el 30 de agosto de 2024, aprobar una versión actualizada de dicha política en conformidad a los requerimientos de la NCG, para entrar en vigencia el 1 de septiembre de 2024.

Como es sabido, la Ley de Sociedades Anónimas (“LSA”) somete las operaciones con partes relacionadas (“OPR”) al procedimiento de aprobación establecido en su artículo 147, el cual, entre otras exigencias, obliga a los directores involucrados en la OPR a abstenerse de votar al momento de aprobarse ésta en el directorio de la sociedad. En el caso de una OPR en que la contraparte sea el accionista controlador o una de sus personas relacionadas, se considera como directores involucrados, entre otros, a aquellos elegidos gracias a la votación del accionista controlador. Esto último puede dificultar la aprobación en el directorio de actos y contratos en que tenga interés el controlador.

Como medida para mitigar esta dificultad, el mismo artículo libera al directorio de las señaladas exigencias, incluyendo el deber de abstención de los directores involucrados, cuando la operación se encuadre dentro de la política de habitualidad de OPR aprobada previamente por el mismo directorio.

Hasta ahora la LSA admitía bastante amplitud para que el directorio definiera el alcance de esta política, situación que cambió con la modificación de la LSA por parte de la Ley 21.314, la que confirió a la CMF la atribución de exigir menciones mínimas al contenido de la política. La CMF estableció estas menciones mínimas en la NCG, pero también aprovechó de disponer algunas exigencias para todas las OPR.

En ese contexto, con el fin de aprobar una versión actualizada de la política de habitualidad de OPR a más tardar el 30 de agosto de 2024, que se ajuste a los requerimientos de la NCG, los directores de las sociedades anónimas deberán trabajar en los próximos meses en:

  • Argumentar la necesidad de contar con una política de habitualidad en atención a las circunstancias particulares de la sociedad.
  •  Definir las características y condiciones que deberán cumplir las operaciones para ser realizadas en el marco de la política de habitualidad.
  • Justificar el carácter de ordinaria de cada operación incluida en la política, en consideración: (a) al giro de la sociedad, (b) su recurrencia, evaluando el historial de operaciones realizadas en los últimos 3 años y (c) no tener un efecto relevante en la situación económica, financiera o jurídica de la sociedad.
  • Establecer un monto máximo por operación, el cual deberá expresarse como proporción de los ingresos, egresos, patrimonio, activo o pasivo de la entidad respectiva.

Adicionalmente, por el solo hecho de contar con una política de habitualidad, el directorio deberá: (1) acordar mecanismos de control a los que se someterán las operaciones celebradas en el marco de la política, destinados a resguardar el cumplimiento de los requisitos legales y normativos y garantizar que aquellas contribuyan al interés social; y (2) designar una persona responsable de la verificación y cumplimiento de los mecanismos de control. A este respecto, los directores deberán procurar que la persona que designen tenga independencia de juicio, reportándole en forma directa y periódica al directorio o comité de directores.

Como segundo punto, la NCG establece la obligación para las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales que posean valores inscritos en la CMF, de preparar y difundir un reporte semestral de las OPR que hubieren celebrado durante el semestre respectivo, independientemente si se realizaron o no en el marco de la política de habitualidad.

El reporte deberá cumplir con el contenido mínimo exigido por la NCG, incluyendo la descripción de cada OPR, indicando contraparte, tipo de operación y precio. Se podrá excluir la referencia al precio de la OPR siempre que éste esté sujeto a secreto o reserva legal, pero solamente en la medida que el directorio así lo acuerde por unanimidad. En tanto, podrá omitirse las operaciones que están sujetas a secreto o reserva en virtud de una disposición legal.

CONTACTO

Fernando Bravo
Socio
fbravo@prieto.cl

Tomás Ochagavía
Asociado
tochagavia@prieto.cl

Amalia Bambach
Asociada
abambach@prieto.cl

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Asociada
ppinochet@prieto.cl