Medio Ambiente

Newsletter Medio Ambiente Enero 2020

By Enero 23, 2020 Julio 30th, 2020 No Comments

Se presenta proyecto de ley que fija Ley Marco de Cambio Climático

El pasado 13 de enero, el Presidente de la República ingresó al Senado el proyecto de ley que fija la Ley Marco de Cambio Climático, ley que tendrá como principal objetivo hacer frente a los desafíos que presenta el calentamiento global. En el mensaje presidencial se señala que el Estado buscará ocuparse del aumento que ha habido de la concentración de los gases de efecto invernadero en la atmósfera, apuntando a su disminución, hasta alcanzar su neutralidad para el año 2050. Lo anterior es consecuencia directa de los compromisos que ha adquirido el país en las últimas décadas (Protocolo de Kioto, 1997; Acuerdo de Paris, 2015).

Este objetivo, continúa el mensaje, será alcanzado a través del establecimiento de responsabilidades específicas –principalmente del Ministerio del Medio Ambiente-para adoptar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático.

Así, el proyecto dispone que una manera de cumplir dicho objetivo es mediante la creación de instrumentos de gestión del cambio climático, entre los cuales destaca la elaboración de la Contribución determinada a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés). Ésta será confeccionada, revisada y actualizada por el Ministerio del Medio Ambiente junto a organismos sectoriales y ministerios competentes y reflejará el compromiso internacional que Chile ha adoptado para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero. 

Por otro lado, el proyecto regula la creación de Normas de emisión de gases de efecto invernadero que establecerán “la cantidad máxima de un gas de efecto invernadero y/o un contaminante climático de vida corta que podrá emitir un establecimiento, fuente emisora o agrupación de éstas”. Los contenidos mínimos y el procedimiento de elaboración de la norma quedarán a cargo del MMA y el Ministerio de Hacienda. Siguiendo con la normativa actual contenida en la Ley N° 20.600 que crea los Tribunales Ambientales, se amplía la competencia de éstos, ya que el proyecto señala que los decretos que establezcan normas de emisión podrán ser reclamados ante el Tribunal Ambiental competente.

Contraloría dictamina que las bolsas plásticas reutilizables no pueden ser entregadas en el comercio

Hace poco más de un año se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.100, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional. Las empresas han adoptado diferentes alternativas para cumplir con esta ley. Sin embargo, aún quedaban ciertas dudas sobre qué tipos de bolsas se encontraban bajo la prohibición. En particular, existían dudas sobre si las bolsas reutilizables se encontraban bajo la prohibición. 

En ese contexto, un conjunto de empresas consultó a la Contraloría General de la República acerca de si las bolsas reutilizables también se encontraban sujetas a la prohibición de la Ley 21.100, pues, según estas empresas, “estas bolsas no se encontrarían afectas a la prohibición, puesto que son fabricadas con una tela cuyo espesor permite su reutilización más de 125 veces, soportando el lavado, con lo que se contribuye al cuidado ambiental, al reducir la basura generada.

El 20 de diciembre de 2019, la Contraloría señaló que la prohibición recae sobre todas las bolsas que contengan como componente fundamental el aludido elemento, “sin que la ley distinga si las mismas son reutilizables o no y cuántas veces esa reutilización puede tener lugar, de manera que no cabe recurrir por vía interpretativa a estas distinciones para dejar de aplicar la prohibición de que se trata de determinadas bolsas pláticas.

Junto con lo anterior, la Contraloría hace una importante distinción. Lo que la norma prohíbe es la entrega y no la venta de bolsas plásticas conforme al giro de la empresa, por lo que, si el giro de la empresa permite la venta de estos productos, la empresa que venda bolsas plásticas no estaría infringiendo esta normativa.

Entra en vigencia Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) para el Valle Central de Curicó

El día 20 de diciembre de 2019 fue publicado en el Diario Oficial el PDA para el Valle Central de la provincia de Curicó. Este instrumento de gestión tiene como principal objetivo recuperar los niveles dentro de la norma para el material particulado respirable fino (MP 2,5) dentro del plazo de 10 años, rigiendo para las comunas de Curicó, Teno, Rauco, Romeral, Sagrada Familia y Molina. 

El Valle Central de Curicó había sido declarada zona saturada por el Ministerio del Medio Ambiente el año 2015, debido a la superación de la norma primaria para MP 2,5, que es precisamente el de mayor impacto para la salud de las personas. Desde la declaratoria de zona saturada se comenzó la elaboración del plan de descontaminación con el objeto de proteger la salud de sus habitantes y mejorar su calidad de vida. 

Entre las principales medidas del plan está un programa de recambio voluntario de 10.000 calefactores y cocinas a leña, por sistemas que utilicen alternativas de combustible, además de un trabajo en la eficiencia térmica de las viviendas. Para lo anterior, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo focalizará la entrega gradual de 23.000 subsidios especiales para el acondicionamiento térmico de viviendas existentes. 

Además, se contempla la prohibición dentro de un plazo de 3 años del uso de calefactores tipo salamandra y hechizos; a partir del cuarto año estará prohibido el uso de calefactores a leña de cámara simple y, a contar del quinto año, se prohibirá el uso de cocinas a leña. Sumado a lo anterior, el PDA establece límites de emisión para fuentes residenciales, industriales y comerciales.

En relación con las quemas agrícolas, práctica recurrente en esta zona, el PDA establece la prohibición del uso de fuego para la quema de rastrojos, y de cualquier tipo de vegetación viva o muerta, en el período comprendido entre el 1 de abril al 31 de agosto de cada año. Sin perjuicio de esto, la CONAF, mediante resolución fundada, podrá autorizar quemas en cualquier época del año, solo en caso de emergencias por motivos de seguridad fitosanitarias en la región.