La industria cosmética ha evolucionado a través de los años, a la par de las tendencias de cada generación. Los estilos, colores y texturas en maquillaje, uñas y cabello reinantes hace algunos años son casi por completo diferentes en la actualidad, ya que es posible acceder a una gama cada vez más amplia de productos cosméticos, de belleza y/o higiene personal.
Los productos denominados “libres de crueldad” o “cruelty free”, por no haber sido testeados en animales, han entrado al mercado como una categoría diferente, apuntando a un público que busca y adquiere marcas que no experimenten con animales. Grandes marcas internacionales y nacionales han optado por establecer sus productos como libres de crueldad. A propósito de lo anterior, existen organizaciones que certifican esta calidad a solicitud de distintas empresas, como PETA a nivel mundial y Te Protejo en Chile, autorizando el uso del logo que da a conocer al consumidor que el producto adquirido no fue testeado en animales durante su fabricación.
En razón de lo anterior, a nivel mundial el testeo o experimentación en animales ha tomado lugar en la agenda legislativa. Así, son varios los países que hoy cuentan con leyes que prohíben este tipo de experimentación con fines cosméticos. Entre ellos, se encuentran Noruega, Nueva Zelanda, Islandia, Reino Unido, la Unión Europea, y Colombia en Latinoamérica.
Chile no se queda atrás en la materia. El pasado 1° de diciembre de 2021, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en particular y en general el proyecto de ley que prohíbe la experimentación en animales con fines cosméticos, pasando su tramitación al Senado.
Este proyecto de ley busca introducir modificaciones al Código Sanitario, para prohibir el uso de animales para la experimentación de seguridad y eficacia en productos cosméticos y/o de higiene personal. Esto incluye la experimentación en todos y cada uno de los ingredientes del producto en cuestión, combinaciones o formulaciones finales, debiendo la empresa usar métodos alternativos de pruebas que no involucren animales vivos para demostrar la seguridad y eficacia de sus productos.
Este proyecto de ley busca introducir modificaciones al Código Sanitario, para prohibir el uso de animales para la experimentación de seguridad y eficacia en productos cosméticos y/o de higiene personal
El Código Sanitario define como producto cosmético “cualquier preparado que se destine a ser aplicado externamente al cuerpo humano, con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones fisicoquímicas normales de la piel y de sus anexos, que tenga solamente acción local o que de ser absorbido en el organismo carezca de efecto sistémico”, y como producto de higiene personal u odoríficos “aquellos que se apliquen a la superficie del cuerpo o a la cavidad bucal, con el exclusivo objeto de procurar su aseo u odorización”.
Así, si el proyecto llega a ser ley en los términos planteados, se prohibiría el testeo animal en productos de maquillaje, cuidado personal, e incluso de aseo personal, los que se encuentran en cada hogar. La prohibición propuesta se extiende no solo a la experimentación, sino que, a la comercialización, importación, y la introducción al país de productos testados, si hubiesen sido probados en animales con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley. El no cumplimiento de esta prohibición podría ser castigado tanto como una infracción al Código Sanitario, como a la Ley Nº 19.946 sobre Protección del Consumidor.
El no cumplimiento de esta prohibición podría ser castigado tanto como una infracción al Código Sanitario, como a la Ley Nº 19.946 sobre Protección del Consumidor.
La aprobación de este proyecto de ley y su eventual entrada en vigencia (12 meses luego de su aprobación, según el artículo segundo transitorio del proyecto) podrían tener efectos en diversos mercados. En primer lugar, los laboratorios que realizan la experimentación de seguridad y eficacia deberán adaptar dichos procesos para no recurrir a pruebas en animales para los productos que serán comercializados en Chile. En segundo lugar, las empresas cosméticas deberán evaluar sus productos, con miras a cumplir la prohibición de comercialización e importación de productos testados. Por último, si bien el proyecto de ley no incluye la certificación de que el producto se encuentra libre de testeo animal, es posible que este mercado crezca, tanto por empresas que busquen esta certificación, como por organizaciones que presten este servicio.
El proyecto de ley de testeo animal constituirá, en caso de convertirse en ley, un avance en la regulación jurídica de protección de los animales en nuestro país, y sus efectos en los mercados deberán ser observados atentamente luego de su aprobación, para que no se produzcan distorsiones a la competencia e idealmente, opere como una variable que logre inyectar competencia al ser valorada por los consumidores.
CONTACTO
Agustín Martorell
Socio
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Directora
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Juan Pablo Riesco
Director
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