En esta edición, destacamos las novedades normativas y jurisprudencia administrativa y judicial más relevantes publicadas durante el mes de junio de 2025.


NOVEDADES NORMATIVAS

Legales
Laboral: Ley 21.751 | Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal, el subsidio único familiar, y modifica otras leyes que indica. VER + 
Pesca: Ley N°21.752 Fija un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial. VER +
Cultura: Ley N°21.747 Introduce modificaciones a la Ley N°19.169, que establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales, para otorgar anualmente premio nacional de literatura. VER +


Reglamentarias
Ambiental: Decreto N°6, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente Establece Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión. VER +
Urbanismo: Decreto N°2, de 2025, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Modifica Decreto Supremo N°47, de 1992, que fija el texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en el sentido de adecuar los requisitos para permitir el emplazamiento de equipamientos destinados a salud en localidades que solo cuentan con límite urbano. VER +
Energía: Decreto N°51, de 2024, del Ministerio de Energía Modifica Decreto N°134, de 2016, que Aprueba Reglamento de Planificación Energética de Largo Plazo. VER +
Life Science: Decreto N°4, de 2025, del Ministerio de Salud Modifica Decreto Supremo N°405, de 1983, que Aprueba el Reglamento de Productos Psicotrópicos. VER +
Laboral:  Decreto N°6, de 2025, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Aprueba reglamento para la determinación de las corporaciones o empresas en las que no se podrá ejercer el derecho a huelga, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 362 Código del Trabajo. VER +

Estado: Decreto N°71, de 2025, del Ministerio de Relaciones Exteriores Modifica Decreto Supremo N°171, de 2016, que aprueba Reglamento de Ceremonial Público y Protocolo de Estado. VER +

Gobiernos Regionales: Decreto N°1.699, de 2024, Ministerio de Hacienda   Aprueba Decreto Supremo que regula la administración, operación, condiciones, destino y distribución de recursos del Fondo Regional para la Productividad y el Desarrollo. VER +


Otros Actos Administrativos Destacables
Urbanismo: Resolución N°117, de 2024, del Gobierno Regional Metropolitano Modifica Plan Regulador Metropolitano de Santiago. VER+
Telecomunicaciones: Resolución Exenta N°900, de 2025, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones Modifica Resolución Exenta N°1.319, de 2004, que clasifica los servicios complementarios al servicio público telefónico en categorías, atribuye a cada una de ellas un bloque especial de numeración. VER +
Ambiental: Resolución Exenta N°3.608, de 2025, del Ministerio del Medio Ambiente  |  Aprueba anteproyecto de reglamento para la clasificación de especies según su estado de conservación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y lo somete a consulta pública. VER + 
Energía: Decreto Exento N°156, de 2025, del Ministerio de Energía Modifica Decreto Exento N°136, de 2024, que establece para los años 2024, 2025 y 2026 subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica y regula el procedimiento de concesión, pago y demás normas necesarias para su otorgamiento. VER+
Urbanismo: Decreto Exento N°181, de 2025, del Ministerio de Hacienda Aprueba reglamento de administración del programa de garantías apoyo a la vivienda nueva. VER +
Ambiental: Resolución Exenta N°3.952, de 2025, del Ministerio del Medio Ambiente  Aprueba anteproyecto del reglamento de contratos de retribución por servicios ecosistémicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley N°21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegida. VER +

JURISPRUDENCIA DESTACABLE

Contraloría General de la República
Administración BNUP: Dictamen N°E92674, de 5 de junio de 2025 Delegación Presidencial Provincial de Chiloé no incurrió en ilegalidad al no disponer el auxilio de la fuerza pública solicitado para desalojar una ocupación ilegal en un bien nacional de uso público (BNUP), al ponderar que ello habría afectado el suministro eléctrico de una comunidad. La Contraloría validó la decisión en atención al principio de servicialidad del Estado y la necesidad de prevenir una situación de emergencia. VER +
Urbanismo: Dictamen N°E92692, de 5 de junio de 2025 Todos los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deben efectuar los aportes al espacio público exigidos por la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El cálculo de dicho aporte debe realizarse sobre la base del avalúo fiscal del total del terreno en que se emplaza el proyecto, tanto para inmuebles acogidos a copropiedad inmobiliaria, como para aquellos no sujetos a ese régimen. VER +
Urbanismo: Dictamen N°E94927, de 9 de junio de 2025 El artículo 28 quinquies de la LGUC –normas urbanísticas supletorias para territorios sin planificación comunal o seccional– solo es aplicable a terrenos previamente regulados por un plan intercomunal si, tras su modificación, quedaron sin regulación urbanística. Así, no procede su aplicación en zonas que ya cuentan con normas comunales, pero sí respecto de áreas verdes y vialidades troncales desafectadas que carecen hoy de regulación. VER +
Potestades Municipales/Seguridad Pública: Dictamen N°E95113, de 9 de junio de 2025 Municipalidades no tienen potestad para declarar estados de emergencia, ya que esta atribución corresponde exclusivamente al Presidente de la República conforme al artículo 42 de la Constitución. Si bien pueden adoptar medidas en seguridad comunal, estas deben ajustarse a sus funciones legales y no inducir a error sobre la naturaleza jurídica de sus actos. VER +
Energía: Dictamen N°E104619, de 23 de junio de 2025 De acuerdo con el Decreto N° 57, de 2019, del Ministerio de Energía -Reglamento de Generación Distribuida para Autoconsumo–, si un usuario manifiesta su conformidad con la propuesta de conexión de una distribuidora eléctrica, dispone de un plazo máximo de seis meses para presentar la notificación de conexión de equipamiento de generación para autoconsumo. Vencido ese plazo, como ocurrió en el caso analizado, no procede continuar el procedimiento inicial y debe ingresarse una nueva solicitud. VER +
Administración BNUP/Derechos Municipales: Dictamen N°E106861, de 26 de junio de 25 Municipalidades no pueden eximir del pago de derechos por ocupación de BNUP a entidades como la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, salvo que exista una exención legal expresa. No obstante, aclaró que sí procede aplicar rebajas establecidas en ordenanzas locales, siempre que se funden en criterios objetivos de justicia, razonabilidad y proporcionalidad. En el caso del Proyecto Tren Alameda–Melipilla, se reconoció que la rebaja prevista en el artículo 13.17 de la ordenanza de Maipú –vigente al momento del otorgamiento del permiso– sí resultaba aplicable, debiendo complementarse en ese sentido el dictamen anterior E44298, de 2025. VER +


Corte Suprema
Energía/Sancionatorio Administrativo: SCS 49.644-2024, de 16 de junio de 2025 “Compañía General de Electricidad con Superintendencia de Electricidad y Combustibles”. La compañía CGE dedujo apelación en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazo su reclamación referida a una multa de 16.000 UTM, a causa de exceder el límite máximo permitido del tiempo medio de interrupción por cliente en diversas comunas de la región de Antofagasta. La empresa alegaba falta de motivación y desproporción en la sanción, así como la necesidad de calcular multas diferenciadas por comuna. No obstante, el máximo tribunal desestimó que se exigiera una multa individual por comuna, aclarando que si bien el incumplimiento del indicador se mide por “Comuna–Empresa”, la cuantía de la sanción se determina conforme a los factores del artículo 16, inciso 2°, de la Ley N°18.410. Asimismo, rechazó la alegación de falta de motivación, destacando que la resolución sancionatoria abordó fundadamente todas las circunstancias legales. La Corte también validó que se considerara una infracción anterior en Antofagasta como agravante, al tratarse del mismo indicador y zona geográfica.
Libre Competencia/Notificación de Operaciones de Concentración: SCS 11.714-2024, de 6 de junio de 2025 “The Walt Disney Company con Tribunal de Defensa de la Libre Competencia”. La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación interpuesto por TWDC Enterprises 18 Corp. (matriz de Walt Disney Company) contra la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que le impuso una multa de 3.000 UTA por infringir el artículo 3 bis letra e) del DL N° 211, al entregar información falsa en la notificación de la adquisición de Twenty-First Century Fox, Inc. en 2018 ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE). El fallo descartó que la infracción se limitara a una omisión aislada, considerando que la empresa incurrió en una conducta compleja y reiterada, toda vez que constató que la requerida tuvo al menos tres oportunidades para presentar los documentos relevantes para el análisis de la operación, afirmó no poseerlos y solo los presentó cuando la  (FNE) se enteró de su existencia mediante la declaración de un ejecutivo. Asimismo, desestimó las alegaciones relativas a la falta de proporcionalidad de la multa y errónea valoración de circunstancias atenuantes. Por lo anterior, se rechazó el recurso de reclamación y se mantuvo el monto de la multa.
Ambiental/Consulta Indígena: SCS 120.512-2022, de 4 de junio de 2025  “Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío con Lama”. La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el Comité de Ministros y Aaktei Energía SpA contra la sentencia que acogió una reclamación de la Comunidad Indígena Juan Quintremán Calpán. El fallo confirmó que el procedimiento de consulta indígena en el SEIA tiene un carácter abierto y no formalista, por lo que no se exige una estricta congruencia entre los fundamentos expuestos en sede administrativa y los alegados en sede judicial.


Panel de Expertos de la Ley General de Servicios Eléctricos

Reliquidaciones Balance Transferencia Energía: Dictamen N°11-2025, de 19 de junio de 2025 “Discrepancia presentada por la Compañía General de Electricidad S.A. contra la negativa del Coordinador Eléctrico Nacional de practicar las reliquidaciones y reaperturas de los balances de transferencia de energía entre los años 2015 a 2019”. El Panel de Expertos rechazó el reclamo presentado por CGE contra la negativa del Coordinador Eléctrico Nacional a reliquidar transacciones entre empresas coordinadas por supuestas omisiones en la declaración de inyecciones en barras de frontera. El Panel concluyó que no concurrían los requisitos establecidos por el artículo 153 N° 9 de la LGSE para ordenar una reliquidación, dado que no se acreditó la existencia de errores materiales o de hecho en los antecedentes utilizados por el Coordinador. Además, precisó que la eventual falta de consistencia entre los retiros declarados por CGE y las inyecciones informadas por otras empresas no justifica por sí sola una reliquidación ex post. VER +

 


 

CONTACTO

Agustín Martorell
Socio
amartorell@prieto.cl

Andrea Von Chrismar
Socia
avonchrismar@prieto.cl

Diego Canto
Asociado Senior
dcanto@prieto.cl

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