Con fecha 24 de abril de 2026, el Diario Oficial publicó la Resolución Exenta N°50, donde la Agencia Nacional de Ciberseguridad (“ANCI”) aprueba la nómina preliminar de Operadores de Importancia Vital (OIV) resultantes del segundo proceso de calificación, y da inicio a la etapa de consulta pública en que los nominados tendrán la posibilidad de presentar observaciones a la nominación.
Con esto se avanza en cumplir el mandato de la Ley 21.663 Marco de Ciberseguridad de establecer la institucionalidad crítica que, según lo estimado por la ANCI, presta servicios que dependen de redes y sistemas informáticos y que su afectación, interceptación, interrupción o destrucción de sus servicios tendría un efecto significativo en la seguridad y el orden público, en la provisión continua y regular de los servicios esenciales, en el efectivo cumplimiento de las funciones del Estado o, en general, de los servicios que éste debe proveer o garantizar.
La nómina preliminar que acaba de publicarse constituye un extenso listado de los distintos organismos, públicos y privados, pertenecientes a las industrias señaladas a continuación, que podrían llegar a integrar la nómina definitiva de Operadores de Importancia Vital:
- Transporte, almacenamiento o distribución de combustibles.
- Suministro de agua potable o saneamiento.
- Transporte terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo, así como la operación de su infraestructura respectiva.
- Demás concesionarios de servicios públicos.
- Administración de prestaciones de seguridad social.
- Servicios postales y de mensajería.
- Producción y/o investigación de productos farmacéuticos.
- Servicios esenciales contemplados en la etapa iniciada con fecha 30 de mayo de 2025, prestados por entidades no incluidas en la primera nómina preliminar de calificación de operadores de importancia vital, aprobada por resolución exenta N° 50, de 2025.
Quienes integren la nómina definitiva de OIV deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ley 21.663, como implementar un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), mantener un registro de sus acciones, designar un Delegado de Ciberseguridad, implementar planes de continuidad operacional y de ciberseguridad, realizar continuamente revisiones y ejercicios de simulacros sobre los sistemas informáticos, adoptar medidas para reducir el impacto y propagación de incidentes de ciberseguridad, reportar a la Agencia en distintos escenarios, certificarse, entre otras obligaciones.
Con la publicación de esta nómina preliminar, se inicia el plazo de 30 días corridos para que las entidades nominadas, y cualquier otra persona, natural o jurídica, presente sus observaciones a través de la plataforma electrónica dispuesta por la ANCI al efecto.
Teniendo en consideración estas observaciones, la ANCI pondrá a disposición del público un resumen ejecutivo del contenido de la consulta pública y, posteriormente, elaborará el listado final de instituciones privadas calificadas como Operadores de Importancia Vital.
En contra de esta última resolución, se podrán presentar recursos administrativos y reclamaciones judiciales.
La Resolución Exenta N°85, publicada en el Diario Oficial el 24 de abril de 2026, y que contiene la nómina preliminar de OIV se encuentra disponible en el este link.
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