El pasado 6 de junio de 2025, la Corte Suprema confirmó la Sentencia N°190/2024 dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que condenó a TWDC Enterprises 18 Corp. (TWDC), por infringir el artículo 3° bis letra e) del Decreto Ley N° 211, al entregar información falsa durante la notificación de la adquisición de Twenty-First Century Fox, Inc. (Fox) en 2018 ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
Durante el proceso de notificación, TWDC declaró no contar con ciertos documentos exigidos por la normativa. Sin embargo, la FNE acreditó en juicio que la empresa poseía al menos 29 antecedentes adicionales que no fueron incorporados en la notificación ni acompañados en la etapa correspondiente.
En este sentido, el TDLC señaló en su Sentencia N° 190/2024 que “se han vulnerado los principios de colaboración y cooperación que inspiran el sistema de control de operaciones de concentración” (C. 100°). Por su parte, la Corte Suprema sostuvo que TWDC “manifestó no poseer documentos que se encontraban en su poder, entorpeciendo la labor investigativa y de análisis que debe llevar a cabo la Fiscalía Nacional Económica” (C. 9°).
Como sanción, el TDLC impuso a TWDC una multa de 3.000 Unidades Tributarias Anuales (aprox. CLP $2.476 millones), a beneficio fiscal, monto que fue confirmado por la Corte Suprema.
Cabe señalar que, adicionalmente, la FNE había acusado a la matriz de Disney por el incumplimiento de una de las medidas de mitigación que condicionaron la aprobación de la operación de concentración, consistente en el envío de una comunicación escrita a todos los distribuidores de televisión de pago que operan en el país. Esta última imputación fue resuelta mediante una conciliación celebrada en junio de 2021 entre la FNE y la matriz de Disney, en la cual la empresa reconoció el incumplimiento y se obligó al pago de una multa de 280 Unidades Tributarias Anuales (aprox. CLP $231 millones), también a beneficio fiscal.
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