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SEC dicta Procedimiento para la Declaración de Instalaciones de Hidrógeno

By July 31, 2024 August 13th, 2024 No Comments

Con fecha 25 de julio de 2024, la Superintendencia de Electricidad y Combustible (“SEC”) dictó la Resolución Exenta N°26807 que establece el “Procedimiento para la Declaración de Instalaciones de Hidrógeno según el DS Nº13/2022 del Ministerio de Energía”.

Dicha Resolución establece, entre otras cosas, que:

1. El responsable de presentar la declaración será el propietario de la instalación de hidrógeno, a través de un instalador de gas con Licencia Clase 5 autorizado por la SEC;

2. El formato de presentación será virtual, a través de la Oficina de Partes del sitio web de la SEC;

3. Se deben entregar antecedentes administrativos y antecedentes de la instalación, conforme se detalla en la Resolución. 

Tener presente que la Resolución entrará en vigencia una vez que haya sido publicada en el Diario Oficial. 

CONTACTO

Nicolás Yuraszeck
Socio
nyuraszeck@prieto.cl

Agustín Martorell
Socio
amartorell@prieto.cl

Emilia Valenzuela
Asociada
evalenzuela@prieto.cl

La información contenida en esta Alerta Legal ha sido preparada con fines informativos y no constituye asesoría legal*