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Ministerio de Economía aprueba Cláusulas Contractuales Tipo para transferencias internacionales de datos

By Diciembre 15, 2025 No Comments

El día de hoy, el Ministerio de Economía ha dictado una Resolución Exenta que aprueba las primeras Cláusulas Contractuales Tipo (CCT) para la transferencia internacional de datos personales, en línea con las recomendaciones de la comisión de implementación de la Ley de Protección de Datos Personales. Estas cláusulas, basadas en los modelos desarrollados por la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD), constituyen, desde ahora, el instrumento estándar habilitante para realizar transferencias a países que aún no cuentan con una declaración de adecuación. Las cláusulas han sido reconocidas por otras autoridades de protección de datos de Latinoamérica, por lo que son un estándar regional. 

1. Objetivos de las nuevas CCT


Las cláusulas aprobadas buscan:

  • Asegurar un marco transitorio claro y operativo mientras la futura Agencia de Protección de Datos entra en vigencia y posteriormente las ratifique.
  • Mantener el nivel de protección chileno cuando los datos sean enviados al extranjero.
  • Facilitar la continuidad de servicios digitales transfronterizos tales como el cloud, reduciendo la incertidumbre regulatoria para empresas y proveedores globales.
  • Alinear a Chile con estándares internacionales, particularmente con prácticas comparables al GDPR y a los modelos RIPD.

2. Uso práctico


A partir de su aprobación, las CCT deben utilizarse cuando:

  • El país receptor no haya sido declarado adecuado por la autoridad chilena.
  • El responsable o encargado requiera respaldar la transferencia mediante garantías contractuales suficientes.
  • Se deban documentar obligaciones claras en materia de seguridad, responsabilidad, tratamiento por encargo, y ejercicio de derechos del titular.

Las CCT pueden incorporarse como:

  • Anexos a contratos de prestación de servicios.
  • Adendas a contratos existentes para regular flujos transfronterizos.

3. Importancia para las organizaciones


La aprobación de estas CCT es un hito clave en la implementación de la nueva ley de protección de datos, ya que:

  • Evita la paralización de flujos internacionales de datos en el período previo a la instalación de la Agencia.
  • Permite a las empresas adecuar su documentación contractual con anticipación, reduciendo riesgos sancionatorios una vez la ley entre plenamente en vigencia.
  • Homologa estándares con la región y con la Unión Europea, fortaleciendo la posición de Chile en procesos futuros de reconocimiento de adecuación.
  • Ofrece certeza jurídica inmediata a sectores altamente dependientes de infraestructura y servicios globales (TI, telecomunicaciones, banca, entre otros).

Conclusión

La adopción de estas Cláusulas Contractuales Tipo marca el inicio de la fase operativa del régimen de transferencias internacionales previsto en la Ley 21.719. Las organizaciones deberán revisar sus relaciones con proveedores y partes relacionadas, incorporando las CCT como parte integral de su documentación contractual. Su implementación temprana permitirá asegurar continuidad operativa, reducir riesgos de incumplimiento y preparar a las empresas para la plena exigibilidad del marco regulatorio a partir de diciembre de 2026.


CONTACTO

Romina Garrido
Directora
rgarrido@prieto.cl

Fernanda Carvajal
Asociada
fcarvajal@prieto.cl

José Minoletti
Asociado
jminoletti@prieto.cl

Josefina Navarrete
Asociada
jnavarrete@prieto.cl