1. Aprobación de la “Estrategia Nacional de Integridad Pública” – Resolución Exenta N° 1.096 de 2023
 
El 4 de diciembre de 2023, el Congreso aprobó la “Estrategia Nacional de Integridad Pública” (“ENIP”). Este plan de acción cuenta con un total de 210 medidas legislativas y administrativas, las cuales buscan mejorar los estándares de transparencia, integridad y lucha contra la corrupción en el país.
 
La ENIP fue desarrollada de manera colaborativa, incluyendo la realización de audiencias con académicos y expertos, así como una consulta pública y diálogos ciudadanos complementarios. A través de ellas, se abordaron cinco ejes principales: (i) Función Pública, (ii) Recursos Públicos, (iii) Transparencia, (iv) Política, y (v) Sector Privado.
 
Dentro de las medidas planteadas en la ENIP podemos destacar las siguientes:

i. La modernización de la Ley N° 19.886 de bases de los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios al Estado, mediante los cambios introducidos a su texto por la Ley N° 21.634, recientemente publicada en el Diario Oficial;

ii. El impulso al Proyecto de Ley de Integridad Municipal, en cuya virtud se obliga a las Municipalidades a contar con un plan de integridad aprobado por el concejo municipal, así como con instrumentos de gestión (manual de prevención de delitos, matriz de riesgos de integridad, canal de consultas y denuncias, etc.). El proyecto se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional (Senado); y,

iii. La creación de un “Registro de Beneficiarios Finales de Personas Jurídicas”, con el propósito de facilitar el combate de aquellos delitos cometidos a instancias de conflictos de intereses.

 
2. Primera sentencia por corrupción entre particulares en Chile – Rol O-309-2023 / 2° TOP de Santiago
 
El 27 de noviembre de 2023, el 2° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó la primera sentencia relativa a la comisión del delito de corrupción entre particulares.
 
Esta causa se remonta a 2021, año en que el Ministerio Público formalizó la investigación en contra de un ex supervisor de distribución de la empresa ABInBev, quien habría recibido múltiples pagos de parte de uno de los proveedores de transporte de mercadería de la compañía cervecera, con el fin de favorecer la contratación de sus servicios respecto del resto de los contratistas.
 
Durante la investigación, y según consta en la sentencia, el proveedor acusado confesó espontáneamente en una reunión interna con la plana ejecutiva de la empresa querellante haber efectuado una serie de pagos al ex trabajador, con el propósito de que este último lo beneficiara con la contratación de sus servicios de transporte en perjuicio de sus competidores. Dicho favorecimiento habría sido acordado previamente por ambos.
 
Pese a que el Tribunal declaró como coherentes y verosímiles las declaraciones de los ejecutivos que   dieron cuenta de los dichos del imputado en la mencionada reunión, y pese a que la defensa del ex supervisor no se basó en establecer su inocencia (su principal argumento fue que la conducta no era punible, toda vez que el delito no se encontraba tipificado al momento de realizarse el primer pago), el tribunal finalmente absolvió a los dos acusados en razón de no haberse alcanzado el estándar probatorio requerido por la ley, ya que no se logró superar el mínimo exigido por el art. 340 del Código Procesal Penal, que instruye al tribunal adquirir “más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación […]”
 
A la fecha, se encuentra pendiente de resolución por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia de primera instancia antes referida.
 
3. Aprobación de la reforma constitucional que crea la Fiscalía Supraterritorial – Boletines 16.301 y 16.015
 
El 29 de noviembre de 2023, la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, y despachó a ley el Proyecto de Reforma Constitucional que crea la Fiscalía Supraterritorial, especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad al interior del Ministerio Público.
 
Esta reforma es parte de los 31 proyectos de ley incluidos en la “Agenda Priorizada de Seguridad”, anunciada en abril de 2023 por el Congreso en conjunto con el Ejecutivo para enfrentar la crisis de seguridad que vive nuestro país.
 
Conforme lo señalado en el artículo único del proyecto, el cual incorpora un nuevo artículo 86 bis a la Constitución, esta nueva Fiscalía:

i. Se especializará en crímenes organizados y delitos de alta complejidad;

ii. Tendrá competencia en todo el territorio nacional y desempeñará sus funciones respecto a ilícitos en los que existan antecedentes de la intervención de asociaciones delictivas o criminales, y cuando los hechos requieran una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación; y,

iii. Estará a cargo de un Fiscal Jefe, quien será designado por el Fiscal Nacional, siendo de exclusiva confianza de éste y manteniendo su cargo mientras cuente con ella. El Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial deberá dar cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el Fiscal Nacional en las investigaciones de delitos de crimen organizado o de alta complejidad que estén a su cargo.

 Previo a la entrada en vigencia de esta reforma, es necesario que se lleven a cabo las reformas correspondientes a la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N° 19.640), de conformidad con lo exigido al efecto en el artículo 84 de la Constitución. Así las cosas, las modificaciones a la Ley N° 19.640 y las disposiciones de esta reforma constitucional entrarán en vigencia conjuntamente. 

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