Resumen de los casos más relevantes conocidos por el TDLC durante 2021 y lo que se espera para lo que resta del 2022
El 2021 fue un año con grandes hitos en materia de libre competencia, que marcarán la pauta para los meses que vienen.
1De veintiún causas contenciosas iniciadas ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el año pasado, cuatro corresponden a requerimientos presentados por la FNE.1
- Dos corresponden a los primeros requerimientos presentados por la autoridad por supuesta infracción a la norma de interlocking prohibido2 los que han transparentado la interpretación de la FNE sobre dicha norma, que no había sido invocada ante el TDLC hasta ese momento. Si bien la letra d) del artículo 3º del DL 211 que contiene la infracción mencionada, fue incorporada en la modificación legal el 2016 al mencionado cuerpo legal, estos dos casos representan las primeras acciones referidas a esa conducta presentadas por la FNE ante el TDLC, y los únicos hasta el momento.
- Los otros dos requerimientos se refieren, en un caso, a una supuesta colusión entre las empresas de transporte de valores, y en el otro caso, a una supuesta conducta anticompetitiva consistente en la adquisición por parte de una naviera de su único competidor en el trasporte de carga rodada en la ruta marítima bidireccional Puerto Montt- Chacabuco.
2En cuanto a los procedimientos no contenciosos, coincidentemente durante el 2021 también se iniciaron veintiún causas, de las que dos corresponden a solicitudes de informe al TDLC en el marco de lo dispuesto por la Ley REP.3
- Hasta el mes de abril de 2022, se han presentado un total de cinco solicitudes de informe4, marcando la tendencia de lo que será este año, y destacando la importancia de la implementación de la Ley REP.
- Ya realizada la audiencia pública de la primera solicitud presentada de Ley REP, para este 2022 esperamos que el TDLC dicte su informe, donde el Tribunal fijará los lineamientos para la constitución del primer sistema de gestión de residuos.
- Esta decisión determinará los aspectos a considerar para los demás sistemas de gestión que han solicitado el respectivo informe, como aquellos que deberán hacerlo en el corto plazo, con el fin de que dichos sistemas se adecuen a la normativa de libre competencia y den cumplimento de esta etapa, establecida en la Ley REP.
3En materia de indemnización de perjuicios, en el transcurso del 2021, se iniciaron tres procedimientos nuevos relacionados a la sentencia del denominado “Caso Supermercados”.5
- Estas tres causas se suman a la iniciada en diciembre del 2020 por el Sernac en contra de Cencosud S.A.6, a propósito de la misma sentencia del TDLC que condenó a las respectivas cadenas por colusión en el mercado de carne de pollo fresca.
- Al respecto, si bien la competencia para conocer la acción de indemnización por ilícitos anticompetitivos fue otorgada al TDLC recién el 2016, con la modificación del artículo 30 del DL 211 introducida por la Ley Nº 20.945, se espera que el número de casos crezca en el tiempo, en la medida que haya nuevos casos en los cuales exista una condena por parte del Tribunal de determinados ilícitos competitivos.
4Respecto a las decisiones del Tribunal, en el transcurso del 2021 dictó tres sentencias.7 Entre ellas destaca la condena a Correos de Chile por abusos de posición dominante y prácticas de competencia desleal, en una sentencia cuyo recurso de reclamación se encuentra pendiente de resolver en la Corte Suprema.
5En materia no contenciosa, el TDLC dictó 6 resoluciones.8
6Por otro lado, el 2021 el Tribunal aprobó 4 acuerdos extrajudiciales.9
Esperamos que al igual que el año pasado, el 2022 el TDLC resuelva diversas materias que han sido sometidas a su conocimiento y que marcarán la pauta en materia de libre competencia, como, por ejemplo, los informes que deberá emitir y que le han sido solicitados por distintas agrupaciones de empresas en el marco de la Ley REP.
1 i) C-430-2021 “Requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica contra Brinks Chile S.A. y otras”; ii) C-433-2021 “Requerimiento FNE contra Navimag Carga S.A”; iii) C-436-2021 “Requerimiento de la FNE en contra de Hernán A. Büchi Buc y otros”; y iv) C-437-2021 “Requerimiento FNE contra Juan José Hurtado Vicuña y otros”.
2 Esto es, a la letra d) del inciso segundo del artículo 3º del Decreto Ley Nº 211 (“DL 211”)
3 Ley Nº 20.920 que establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (“Ley REP”). Las causas son i) NC-492-2021 “Solicitud de informe de Agrosuper S.A. y otras respecto de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos con terceros, y de las reglas y procedimientos para la incorporación de miembros y funcionamiento del SIGENEM” y ii) NC-504-2021 “Solicitud de informe de Automotores Gildemeister SpA y otros respecto de las bases de licitación para la recolección y valorización de neumáticos usados y de las reglas y procedimientos para la incorporación de miembros y funcionamiento del SGN”
4 Además de las mencionadas en el número 2 anterior, se han presentado las siguientes causas hasta el mes de abril de 2022: i) NC-506-2022 “Solicitud de Informe de Antonio Castillo S.A. y otros respecto de las bases de licitación para contratación de manejo de residuos y de las reglas y procedimientos para incorporación de nuevos asociados y para el funcionamiento del SGCNFU”; ii) NC-507-2022 “Solicitud de Informe de BredenMaster SpA y otros sobre bases de licitación para contratación de manejo de residuos y de las reglas y procedimientos para incorporación de nuevos asociados y para el funcionamiento del GRANSIC”; y iii) NC-510-2022 “Solicitud de informe de RIGK CHILE SpA respecto de las reglas y procedimientos para la incorporación de nuevos asociados y para el funcionamiento de PROREP”
5 Sentencia Nº 167/2019 del TDLC. Nos referimos a las causas i) CIP-8-2021 “Demanda de Conadecus en contra de Walmart Chile S.A”; ii) CIP-9-2021 “Demanda de Sernac en contra de SMU S.A. y Walmart Chile S.A.”; y iii) CIP-10-2021 “Demanda de Conadecus en contra de SMU S.A.”
6 CIP-7-2020 “Demanda de SERNAC en contra de Cencosud S.A.”
7 Nos referimos a las sentencias i) Sentencia 176-2021 “Demanda de Sindicato de Trabajadores Independientes Chile Taxi contra Maxi Mobility Chile II SpA. y Otros”; ii) Sentencia 177-2021 “Demanda de SONAPESCA y otros en contra de Subsecretaría de Pesca y Acuicultura”; y iii) N° 178-2021 “Demanda de Servicios de Correspondencia Envía Limitada en contra de Correos de Chile”.
8 Nos referimos a i) Res. Nº63/2021 “Consulta acerca de la propuesta pública de bases para la contratación de la concesión del Terminal Interurbano de Viña del Mar”; ii) Res. Nº64/2021 “Consulta de Grupo Latino de Radiodifusión SpA para que se revoquen o dejen sin efecto las medidas de mitigación N°1 y N° 2 impuestas por la Resolución N° 20 de 2007”; iii) Res. 65/2021 “Consulta de Cencosud S.A. sobre contrato de arrendamiento y Condición Primera de la Resolución N°43/2012”; iv) Res. Nº66/2021 “Consulta sobre las Bases de Licitación para asignar la concesión de la Estación Intermodal Metropolitana en la comuna de Pedro Aguirre Cerda”; v) Res. Nº67/2021 “Consulta de Transbank S.A. sobre el sistema tarifario implementado por Transbank desde el 1º de abril de 2020”; vi) Resolución Nº68/2021 “Consulta de Ferrocarril del Pacífico S.A. sobre Terminal Intermodal Barrancas”.
9 Nos referimos a los siguientes: i) AE 20-20 “Acuerdo Extrajudicial entre FNE y Nestlé Chile S.A.”; ii) AE 21-21 “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Empresa de Transportes Ferroviario” S.A.; iii) AE 22-21 “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica, Soprole S.A. y Prolesur S.A.”; iv) AE 23-21 “Acuerdo Extrajudicial entre la FNE y Delta Air Lines, Inc. y otra.”
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