El Decreto exento N°4.236, publicado el pasado 27 de diciembre en el Diario Oficial, fija la vigencia específica de las subcategorías migratorias de residencia temporal y sus prórrogas.
 
A continuación, informamos los aspectos mas importantes de esta norma:
 
El SERMIG (Servicio Nacional de Migraciones) determinará la vigencia específica de los permisos de residencia temporal considerando:

  1. El cumplimiento de los requisitos específicos exigidos para cada subcategoría migratoria,
  2. Los antecedentes incorporados por los extranjeros a su solicitud para acreditar dicho cumplimiento.

A continuación, detallamos la vigencia de algunos de los permisos de residencia más utilizados por las empresas:

CONTACTO

Christian von Bergen
Socio
cvonbergen@prieto.cl

Cristóbal Raby
Socio
craby@prieto.cl

Valentina Flen
Asociada
vflen@prieto.cl

María Ignacia Zilleruelo
Asociada
mzilleruelo@prieto.cl