“Con la reforma tributaria (Ley Nº 21.210) que empieza a regir este 1 de marzo de 2020, se modifica uno de los requisitos que deben cumplir todos los Fondos de Inversión Privado, con lo cual, éstos deberán tener al menos 8 aportantes, no pudiendo ninguno de ellos, en conjunto con sus relacionados, tener más de un 20%.
Es importante tener presente que la misma ley otorga un plazo de 1 año desde su entrada en vigencia para cumplir con este requisito. En caso de no cumplir en el plazo señalado, el fondo de inversión privado será considerado sociedad anónima y sus aportantes accionistas de la misma para los efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, respecto de los beneficios y utilidades que obtengan a contar del ejercicio comercial en que se hubiera producido dicho incumplimiento.”