El pasado 15 de abril la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó una norma en consulta con el objeto de regular el Sistema de Finanzas Abiertas (SFA) de la Ley N° 21.521, más conocida como Ley Fintec.
La propuesta busca instaurar los requisitos para participar en el SFA, establece obligaciones de gestión de riesgo y fija los estándares de funcionamiento para los participantes del sistema, con el fin de resguardar la información de las personas que consientan compartir sus datos financieros a fin de acceder a nuevos servicios o productos.
Los principales temas tratados por esta normativa son:
1 | Perímetro del Sistema de Finanzas Abiertas: Contiene una serie de definiciones y nomenclaturas que se usarán, que entidades se considerarán como participantes del SFA y un detalle de los requisitos y procedimientos para la inscripción de dichas entidades en los distintos registros de la norma. |
2 | Funcionamiento del Sistema: Establece medios de intercambio de información, la calidad que la información intercambiada debe tener, los mecanismos de comunicación ante contingencias y la implementación de un registro de los participantes del SFA (Directorio de Participantes). |
3 | Seguridad y Resguardos del Sistema: Contiene las medidas de gestión de riesgos y control interno, la normativa sobre seguridad de la información y ciberseguridad, los estándares de autentificación y verificación y la gestión del consentimiento. |
4 | Información del Sistema: Trata sobre los datos que deberán compartirse en el SFA, los plazos en que estos deben estar disponibles y la protección de los mismos. |
Esta normativa aplicará a las Instituciones Proveedoras de Información, Instituciones Proveedoras de Cuentas, Proveedores de Servicios Basados en Información y Proveedores de Servicios de Iniciación de Pagos, según los mismos son definidos por la Ley Fintec (mira aquí nuestro newsletter al respecto). Esto incluye a entidades actualmente fiscalizadas por la CMF y otras que se incorporarán al perímetro regulatorio, como participantes del SFA.
El plazo de implementación del SFA será gradual, comenzando a regir dentro de 18 meses contados a partir de la emisión de la normativa en consulta. |
CONTACTO
Mario Gorziglia C.
Socio
mgorziglia@prieto.cl
Isabel Monge P.
Directora
imonge@prieto.cl
Aníbal Larrain M.
Asociado
alarrain@prieto.cl
Alessandro Bizzarri H.
Asociado
abizzarri@prieto.cl