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Ministerio de Hacienda publica nuevo ingreso mínimo mensual: será de $510.636

By Febrero 6, 2025 No Comments

Hoy, 6 de febrero de 2025, el Ministerio de Hacienda publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N°3, el cual determinó el nuevo ingreso mínimo mensual vigente a partir del 1 de enero de 2025. Este aumento es resultante de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024.

Según este Decreto, a partir del 1 de enero de 2025, el ingreso mínimo mensual se fijará en $510.636, reflejando un reajuste basado en la inflación acumulada durante el segundo semestre de 2024.

Recordamos a los empleadores que, en el pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a enero de 2025 —las cuales deben enterarse entre el 1 y el 13 de febrero (en caso de pago electrónico)— deberán considerar el nuevo monto del ingreso mínimo mensual.


Principales efectos del reajuste

Este ajuste no solo impactará en las remuneraciones mínimas de los trabajadores, sino que también tendrá repercusiones en distintos parámetros laborales y previsionales, tales como:

  1. Tope de gratificación legal: El monto máximo de la gratificación legal establecida en el artículo 50 del Código del Trabajo, que equivale a 4,75 ingresos mínimos mensuales anuales, se ajustará a $202.126,75.- mensuales.
  2. Aumento de la base imponible cuando la remuneración mensual fija es equivalente al Ingreso mínimo mensual: Esto acarrea que además del aumento de las cotizaciones previsionales con cargo al trabajador, también acarrea un aumento de las cotizaciones con cargo al empleador, tales como el aporte del empleador al seguro de cesantía (AFC), como también al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
  3. Asignaciones familiares y maternales: Los tramos de asignación familiar se actualizarán conforme al nuevo ingreso mínimo, beneficiando a trabajadores y pensionados que perciban este tipo de prestaciones.
  4. Multas administrativas: Las sanciones impuestas por la Dirección del Trabajo, que se calculan en función del ingreso mínimo mensual, también experimentarán un incremento proporcional.
  5. Respecto de trabajadores que perciban ingreso mínimo: Adicional al aumento del sueldo base y de la gratificación legal, aumentará también de manera consecuencial, el valor hora ordinaria de este tipo de trabajadores, como también el valor de su hora extraordinaria.


Próximos reajustes

Cabe recordar que la Ley N° 21.578 establece que, a más tardar en abril de 2025, el Ejecutivo deberá presentar al Congreso un proyecto de ley para un segundo reajuste del ingreso mínimo mensual, que entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de 2025.

Dado lo anterior, es fundamental que empleadores y trabajadores se mantengan atentos a futuras modificaciones que puedan impactar sus remuneraciones y obligaciones laborales.

Para más información y detalles sobre el impacto del reajuste, no dudes en contactarnos.

CONTACTO

Christian Von Bergen
Socio
cvonbergen@prieto.cl

Cristóbal Raby
Socio
craby@prieto.cl

Josefa Cussó
Asociada
jcusso@prieto.cl

La información contenida en esta alerta ha sido preparada con fines informativos y no constituye asesoría legal*