El pasado 9 de mayo, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental dictó el Oficio Ordinario N°202599102440, mediante el cual “Imparte instrucciones sobre Procedimientos Administrativos tramitados ante el Servicio de Evaluación Ambiental” (Instructivo). 

Este Instructivo tiene como objetivo establecer responsabilidades claras tanto para los funcionarios del SEA como para los usuarios del sistema e-SEIA en la tramitación de expedientes de evaluación de impacto ambiental, incluyendo tanto Declaraciones como Estudios de Impacto Ambiental (DIA y EIA, respectivamente), así como otros procedimientos administrativos relacionados (recursos, interpretaciones, caducidades, etc.). 

El documento se fundamenta en la normativa vigente, incluyendo la la Ley N°19.880, la Ley N°21.180 sobre transformación digital del Estado, y el Acuerdo de Escazú. En esa línea, establece el uso obligatorio de medios electrónicos y firmas digitales, con el objetivo de asegurar transparencia, el acceso a la información y la participación ciudadana. 

Asimismo, el Instructivo enfatiza que la responsabilidad de mantener actualizados los expedientes digitales recae en el evaluador ambiental a cargo, lo que incluye la carga de antecedentes y notificaciones. Además, se establece la necesidad de contar con procedimientos internos uniformes que garanticen la publicidad y claridad del estado de tramitación de los proyectos. 

PRINCIPALES INNOVACIONES


I.   Utilización de Medios Electrónicos

  • El procedimiento de evaluación de impacto ambiental y los actos administrativos que de él se deriven deberán realizarse íntegramente a través de medios electrónicos desde el ingreso del proyecto o actividad al sistema. 
  • Si el titular de un proyecto desea eximirse de la tramitación electrónica del procedimiento, deberá señalarlo expresamente al realizar el ingreso. 

II.Cómputo de Plazos

  • Los plazos establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“RSEIA”) son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
  • El cómputo de los plazos se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique o publique el acto respectivo.

III.Notificaciones

  • El sistema e-SEIA contempla diversos tipos de notificación: electrónica, personal, por carta certificada y mediante publicación en el Diario Oficial, siendo la notificación electrónica la regla general.
  • Las notificaciones electrónicas se enviarán a las direcciones de correo electrónico señaladas en las presentaciones respectivas, y se entenderán practicadas al día siguiente del envío, comenzando el cómputo de plazos desde el día hábil subsiguiente.

IV.Tipos de Firmas Válidas

  • El Instructivo reconoce las siguientes modalidades de firma:
    • Firma Electrónica Simple (FES) obtenida en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental.
    • Firma Electrónica con Clave Única (FECU)
    • Firma Electrónica Avanzada (FEA) y Firma Electrónica del Estado (FEE)
    • Firma manuscrita para proyectos excluidos del procedimiento electrónico.
  • Para efectos de presentaciones realizadas mediante el sistema e-SEIA, la FECU se considerará equivalente a la FEA y permitirá acreditar la identidad del titular. 

El Instructivo puede encontrarse en el siguiente enlace:

CONTACTO

Agustín Martorell
Socio
amartorell@prieto.cl

Romina Tobar
Directora
rtobar@prieto.cl

Elisa Anguita
Asociada
eanguita@prieto.cl

Ignacio Matte
Asociado
imatteo@prieto.cl

Diego Canto
Asociado
dcanto@prieto.cl

María Jesús Salazar
Asociada
jsalazar@prieto.cl

Juan Pablo Correa
Asociado
jpcorrea@prieto.cl

José Tomás Veas
Asociado
jveas@prieto.cl

Tomás Del Real
Asociado
tdelreal@prieto.cl

Rafael Arnaiz
Asociado
rarnaiz@prieto.cl