A partir del 1 de enero de 2025 el ingreso mínimo mensual experimentará un aumento, producto del reajuste por IPC.
Como es de público conocimiento, el pasado 1 de julio de 2024, el ingreso mínimo mensual fue incrementado de $460.000 a $500.000, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 21.578.
Sin embargo, muchos no saben que la misma ley establece un nuevo reajuste del ingreso mínimo a partir del 1 de enero de 2025. Este reajuste se calculará conforme al porcentaje de inflación acumulada, determinado y publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024. Según estimaciones de expertos, dicha inflación podría alcanzar un 2,5%, lo que implicaría un aumento aproximado de $12.500.-, elevando el ingreso mínimo a cerca de $512.500.-
Para saber exactamente cuánto aumentará, habrá que esperar hasta el próximo 8 de enero. ¿Por qué? Ese día el INE da a conocer la variación del IPC de diciembre, dato que servirá para calcular el nuevo ingreso mínimo mensual.
Cabe destacar que este incremento no constituye un aumento real, sino un reajuste nominal basado en la inflación. Sin embargo, si consideramos el crecimiento acumulado, el ingreso mínimo habrá experimentado un aumento nominal del 28% en solo dos años, pasando de $400.000.- en diciembre de 2022 al monto estimado de $512.500.- en enero de 2025.
Impactos asociados al reajuste del ingreso mínimo
Este reajuste también traerá consigo un aumento en diversos haberes vinculados al ingreso mínimo mensual, tales como:
- Aumento en las asignaciones familiares, que varían según los tramos de ingresos.
- Aumento en el tope de la gratificación legal regulado en el artículo 47 del Código del Trabajo. Este último no puede exceder de 4,75 ingresos mínimos mensuales, lo que llevaría a un aumento estimado de $197.917.- a $202.864.-, aproximadamente.
- Aumento en los montos de las multas administrativas impuestas por la Inspección del Trabajo, calculadas conforme al ingreso mínimo mensual.
Próximos reajustes del ingreso mínimo mensual
Finalmente, es importante señalar que este no será el único reajuste previsto por la Ley N° 21.578. Su artículo 6° estipula que, a más tardar en abril de 2025, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso un proyecto de ley para proponer un nuevo reajuste al ingreso mínimo mensual, con el propósito de que este entre en vigencia a partir del 1 de mayo de 2025.
Fecha | Ingreso Mínimo Mensual |
Diciembre 2022 | $400.000 |
Enero 2023 | $410.000 |
Mayo 2023 | $440.000 |
Septiembre 2023 | $460.000 |
Julio 2024 | $500.000 |
Enero 2025 | $512.500*1 |
Mayo 2025 | 2° Reajuste |
1Según estimaciones de expertos sobre el porcentaje de inflación del segundo semestre 2024
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